La declaración de renta que se presenta en 2025 corresponde al año gravable 2024. Es una obligación tributaria fundamental para quienes superan ciertos umbrales de ingresos, patrimonio y consumo.
¿Quiénes deben declarar?
Deben declarar renta en 2025 las personas naturales que al 31 de diciembre de 2024 cumplan una o más de estas condiciones:
Patrimonio bruto igual o superior a 211.793.000 COP (4.500 UVT).
El patrimonio bruto incluye todos los bienes y derechos que tiene una persona, menos las deudas. Si el total supera este límite, debe declarar renta.Ingresos brutos totales iguales o superiores a 65.891.000 COP (1.400 UVT).
Se consideran todos los ingresos acumulados en el año, sin descontar gastos.Consumimos con tarjeta de crédito superior a 65.891.000 COP.
Si los consumos realizados con tarjetas de crédito superan este monto, también obliga a la declaración.Compras y consumos totalizan mayores a 65.891.000 COP.
Se suman las compras y consumos sin importar el medio de pago.Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones superiores a 65.891.000 COP.
Esto refleja movimientos superiores al umbral en cuentas y portafolios financieros.Haber sido responsable del IVA al 31 de diciembre de 2024.
Las personas que hayan declarado o cobrado IVA también deben declarar renta.
¿Qué documentos necesitas?
Preparar la documentación con antelación es clave para un proceso rápido y preciso. Reúne los siguientes documentos:
Certificados de Ingresos y Retenciones: Entregados por tu empleador(es) y/o contratantes.
Extractos Bancarios: De todas tus cuentas, CDT e inversiones.
Certificados de Deudas: De bancos o entidades financieras, incluyendo hipotecas o créditos de vehículos.
Declaración de Renta del año anterior: Sirve como punto de referencia.
Información de Bienes: Escrituras de propiedades (casas, apartamentos) y tarjetas de propiedad de vehículos.
Información de Gastos: Facturas de salud, educación o donaciones que puedan ser deducibles.
Fechas y calendario de declaración
El plazo para presentar la declaración y efectuar el pago está comprendido entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025 , ajustado según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT), así:
| Últimos dígitos del NIT | Fecha de declaración y pago | Últimos dígitos del NIT | Fecha de declaración y pago | |
| 01–02 | 12 de agosto | 51–52 | 17 de septiembre | |
| 03–04 | 13 de agosto | 53–54 | 18 de septiembre | |
| 05–06 | 14 de agosto | 55–56 | 19 de septiembre | |
| 07–08 | 15 de agosto | 57–58 | 22 de septiembre | |
| 09–10 | 19 de agosto | 59–60 | 23 de septiembre | |
| 11–12 | 20 de agosto | 61–62 | 24 de septiembre | |
| 13–14 | 21 de agosto | 63–64 | 25 de septiembre | |
| 15–16 | 22 de agosto | 65–66 | 26 de septiembre | |
| 17–18 | 25 de agosto | 67–68 | 1 de octubre | |
| 19–20 | 26 de agosto | 69–70 | 2 de octubre | |
| 21–22 | 27 de agosto | 71–72 | 3 de octubre | |
| 23–24 | 28 de agosto | 73–74 | 6 de octubre | |
| 25–26 | 29 de agosto | 75–76 | 7 de octubre | |
| 27–28 | 1 de septiembre | 77–78 | 8 de octubre | |
| 29–30 | 2 de septiembre | 79–80 | 9 de octubre | |
| 31–32 | 3 de septiembre | 81–82 | 10 de octubre | |
| 33–34 | 4 de septiembre | 83–84 | 14 de octubre | |
| 35–36 | 5 de septiembre | 85–86 | 15 de octubre | |
| 37–38 | 8 de septiembre | 87–88 | 16 de octubre | |
| 39–40 | 9 de septiembre | 89–90 | 17 de octubre | |
| 41–42 | 10 de septiembre | 91–92 | 20 de octubre | |
| 43–44 | 11 de septiembre | 93–94 | 21 de octubre | |
| 45–46 | 12 de septiembre | 95–96 | 22 de octubre | |
| 47–48 | 15 de septiembre | 97–98 | 23 de octubre | |
| 49–50 | 16 de septiembre | 99–00 | 24 de octubre |
Documentos necesarios para la declaración
Certificados de ingresos y retenciones laborales.
(Para respaldar la fuente y valor de ingresos del año.)Extractos bancarios y certificados de inversiones.
(Para justificar depósitos, intereses y rendimientos.)Documentación de bienes inmuebles y otros patrimonios.
(Para demostrar el patrimonio declarado.)Comprobantes de consumos, compras y consignaciones.
(Evidencia de movimientos financieros sujetos a declaración.)Soportes de deducciones, como pagos de salud, intereses hipotecarios, etc.
(Para aplicar deducciones permitidas que reducen la base gravable.)
Cambios y novedades para 2025
Umbral ajustado para declarar ingresos a $69.718.600 COP.
Este es el nuevo límite para ingresos brutos, actualizado por inflación, bajo el cual no es obligatorio declarar.Inclusión de deducción por hijos dependientes.
Se permite deducir un monto específico por cada hijo dependiente reconocido, lo que reduce el impuesto a pagar.Informe de apoyos económicos no reembolsables.
Los contribuyentes deben informar ayudas económicas recibidas que no tengan obligación de devolución, para evitar confusiones con ingresos gravables.Formularios actualizados para mayor precisión y claridad.
Se mejoraron los formatos y campos para facilitar el llenado y evitar errores comunes.
Si olvidas presentar tu declaración de renta en Colombia para el año 2025, enfrentarás varias consecuencias importantes:
La DIAN impondrá una sanción por no declarar que equivale al 20% de tus ingresos brutos del año gravable 2024. Esta multa puede ser muy alta si tus ingresos fueron elevados.
Además, si presenta la declaración fuera del plazo, se aplica una multa del 5% del impuesto a la carga por cada mes o fracción de mes de retraso, con un tope del 100% del impuesto. En caso de no tener impuesto a pagar, la multa se calcula como un porcentaje de los ingresos o patrimonio, pero nunca será menor a la sanción mínima.
La sanción mínima que se debe pagar por omitir o presentar tarde la declaración es de 10 UVT, que para 2025 representa aproximadamente $498.000 COP.
Si la DIAN detecta que no presentaste la declaración, puedes notificarte y aplicar intereses moratorios sobre los impuestos pendientes además de las multas.
No declarar puede además generar al contribuyente riesgos legales y puede afectar su estatus en el RUT, lo que complicaría trámites bancarios, financieros y comerciales.
Aunque la multa puede ser alta, siempre es mejor presentar la declaración tarde y pagar la multa respectiva, que no presentarla nunca, pues la DIAN puede iniciar procesos más severos de fiscalización.
En resumen, presentar la declaración de renta implica multas económicas significativas, intereses y riesgos legales. La recomendación es preparar y presentar la declaración dentro de los plazos establecidos para evitar estas sanciones y problemas con la DIAN.
Otros vencimientos importantes del calendario tributario 2025
Declaración y pago anticipado de personas jurídicas: mayo.
Actualizaciones del Registro Único Tributario (RUT): cada 1 de febrero, mayo, agosto y noviembre.
Declaración y pago de IVA bimestral con fechas según NIT durante 2025.
Declaraciones y pagos sobre impuestos especiales, retenciones y otros tributos según calendario oficial.
Cumplir con estos plazos y novedades evita sanciones y facilita la gestión financiera personal y empresarial.